Los seguros obligatorios en un crédito hipotecario o leasing habitacional son:

Si aún estás pagando tu inmueble a un banco o entidad financiera, por ley debes contar con unos seguros obligatorios como respaldo del crédito hasta que tu deuda finalice.

1. Seguro de vida: En caso de fallecimiento o incapacidad total y permanente del titular del crédito, la aseguradora responderá por el saldo a la fecha al banco y el excedente se entregará a los beneficiarios del titular, dejando el inmueble libre de crédito.

2. Seguro de incendio y terremoto: En caso de cualquier daño que pueda sufrir el inmueble, como un incendio, terremoto, entre otros, la aseguradora responderá por las pérdidas generadas únicamente en la estructura, pagando el saldo a la fecha al banco y el excedente se entregará al titular, dejando el inmueble libre de crédito.

¿Puedo cambiar mis seguros del banco?

Según el decreto 673 de 2014, Art. 2.36.2.2.5, el deudor puede contratar con cualquier aseguradora diferente a una entidad bancaria. El deudor ostenta “la libertad de contratación de seguros y la libertad de elección de aseguradora e intermediario” Ver más información aquí: Estatuto Orgánico del Sistema Financiero – EOSF- Art. 100, No. 2:

Estas a 3 pasos de cambiar tu seguro de hogar

1. Tomas la decisión

2. Envías documentos a tu asesor

3. Realizas el pago a la aseguradora

Contenidos para el hogar:

Adicional a la estructura, puedes asegurar tus contenidos y objetos de valor como:

1. Contenidos generales: son los muebles, enseres y electrodomésticos que tenemos en nuestro hogar tales como sala, comedor, TV, nevera, lavadora, computadores, entre otros, los cuales quedan cubiertos por cualquier daño que puedan tener a causa de un incendio, terremoto y/o por robo con y sin violencia. Adicionalmente, para los electrodomésticos tendrás cobertura de daño interno que aplica para situaciones como corto circuito, sobre voltaje, etc.

2. Objetos de valor dentro y fuera del inmueble: a nivel nacional por cualquier daño o hurto, es importante conocer su deducible con la aseguradora que elijas y se pueden asegurar contenidos como: bicicletas, portátiles, relojes, joyas, patinetas eléctricas, instrumentos musicales, celulares entre otros.

3. Objetos de valor dentro del inmueble: para este amparo debes tener soportes como factura o certificado para contenidos como: joyas, relojes, esculturas, cuadros, alfombras, etc. (No aplica para dinero).

    Beneficios adicionales del seguro de hogar

    • Asistencias al hogar 24/7: plomero, cerrajero, electricista o vidriero, asistencia legal telefónica, asistencia veterinaria telefónica.
    • Gastos de hotel, mudanza y bodegaje por siniestro.
    • Interrupción de viaje por siniestro.
    • Daños a terceros por $50,000,000 millones que tu inmueble pueda ocasionar a algún inmueble vecino como daños por agua, incendio entre otros.
    • Si aseguras tu bicicleta o tienes mascota, aplica los daños ocasionados en la calle.

    Nota: Los beneficios adicionales dependen de la aseguradora y del tipo de seguro seleccionado.

    Aseguradoras aliadas